Verifactu: cuándo es obligatorio y plazos por tipo de empresa

Verifactu cuándo es obligatorio — guía de DSI, España

Verifactu será obligatorio antes del 1 de enero de 2027 para las sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) y antes del 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados tributarios. Estas fechas se aplazaron un año con el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre. Hasta entonces hay un periodo voluntario de adaptación. La obligación solo alcanza a quien factura con un programa informático.

«¿Y yo para cuándo lo necesito?» Es la pregunta lógica en cuanto alguien entiende qué es Verifactu. La respuesta corta ya la tienes arriba; la larga depende de cómo tributa tu negocio. Después del aplazamiento de diciembre de 2025, hay más margen del que se decía hace un año, pero el calendario sigue firme. En DSI ayudamos a empresas y autónomos a planificar el cambio con tiempo, y lo primero que hacemos es situar a cada cliente en su fecha exacta.

¿Cuándo es obligatorio Verifactu para las sociedades?

Las sociedades obligadas al Impuesto sobre Sociedades deben tener sus sistemas de facturación adaptados a Verifactu antes del 1 de enero de 2027. Es la primera fecha del calendario y afecta a la mayoría de SL, SA y demás personas jurídicas.

Esto significa que, llegado el 1 de enero de 2027, cualquier factura que emita una sociedad con un programa informático tiene que generarse ya con un sistema homologado: registros firmados, encadenados y con su QR. No es una recomendación, es el límite legal. La fecha la fijó el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que retrasó un año la exigibilidad prevista inicialmente.

¿Cuándo es obligatorio Verifactu para autónomos?

Los autónomos y el resto de obligados tributarios tienen como fecha límite el 1 de julio de 2027. Dentro de este grupo entran las personas físicas en IRPF, las entidades en régimen de atribución de rentas (como comunidades de bienes) y los no residentes con establecimiento permanente.

Tienen, por tanto, seis meses más que las sociedades. Es un respiro, pero no una excusa para olvidarse: si eres autónomo y facturas con un programa, en julio de 2027 ese programa debe estar adaptado. Puedes confirmar el detalle del aplazamiento en la nota informativa de la Agencia Tributaria sobre la ampliación del plazo.

¿Qué plazos tiene cada tipo de obligado?

Estos son los plazos vigentes tras la prórroga, ordenados por tipo de contribuyente:

Tipo de obligadoFecha límite de adaptación
Sociedades (Impuesto sobre Sociedades)Antes del 1 de enero de 2027
Autónomos (personas físicas en IRPF)Antes del 1 de julio de 2027
Entidades en atribución de rentasAntes del 1 de julio de 2027
No residentes con establecimiento permanenteAntes del 1 de julio de 2027
Quien factura solo en papel (sin software)No aplica mientras no use programa

La tabla resume lo esencial, pero cada negocio tiene matices. Si tienes una sociedad y además facturas como autónomo, o si operas en territorio foral, conviene revisarlo caso a caso con tu equipo IT externo para empresas.

¿Desde cuándo puedo empezar a usar Verifactu de forma voluntaria?

Puedes adaptarte a Verifactu en cualquier momento antes de tu fecha límite. De hecho, hay un periodo de adaptación voluntaria en el que los fabricantes ya ofrecen programas homologados y puedes empezar a facturar con ellos sin esperar a 2027.

Adelantarse tiene una ventaja clara: pruebas el sistema con calma, formas a tu equipo y detectas cualquier incompatibilidad con tu contabilidad sin la presión de la fecha tope. Cuando implantamos un programa de facturación adaptado a Verifactu, siempre recomendamos hacerlo unos meses antes del límite, no la semana de antes.

¿Qué pasa si no cumplo el plazo de Verifactu?

Si llegada tu fecha límite sigues facturando con un programa no adaptado, te expones a sanciones de hasta 50.000 euros por ejercicio. La normativa también sanciona la tenencia de software capaz de llevar dobles contabilidades.

Más allá de la multa, hay un riesgo operativo: si tu programa deja de ser válido y no tienes alternativa lista, te quedas sin poder facturar con normalidad. Por eso el plazo no se mide solo en «cuándo es obligatorio», sino en «cuándo necesito empezar a prepararlo». Y esa fecha siempre es antes. Para entender cómo encaja todo esto con la otra gran norma en marcha, conviene leer también sobre la factura electrónica obligatoria entre empresas.

¿Cómo preparo mi empresa antes de la fecha límite de Verifactu?

Prepararse para Verifactu se resume en cuatro pasos:

  1. Identifica con qué programa facturas hoy y si su fabricante tiene soporte activo.
  2. Pregunta o comprueba si ese programa estará homologado, con su declaración responsable.
  3. Si no lo está, elige un software adaptado y compatible con tu contabilidad.
  4. Migra tus datos y forma a tu equipo unos meses antes del límite, no a última hora.

Ese acompañamiento es justo lo que hacemos por ti. Revisamos tu situación, te decimos en qué fecha estás obligado y dejamos tu facturación lista sin que tengas que pelearte con la normativa. Si quieres entender primero el concepto general, repasa qué es Verifactu y cómo afecta a tu empresa.

Preguntas frecuentes sobre los plazos de Verifactu

¿Cuándo es obligatorio Verifactu para una SL?

Una SL, al ser contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, debe tener su sistema de facturación adaptado a Verifactu antes del 1 de enero de 2027. Es la fecha más temprana del calendario. A partir de ese día, todas sus facturas emitidas con software deben cumplir el Reglamento.

¿Los autónomos están obligados a Verifactu y desde cuándo?

Sí, los autónomos que facturan con un programa informático están obligados a Verifactu desde el 1 de julio de 2027. Si un autónomo factura exclusivamente en papel y no utiliza ningún sistema informático de facturación, la obligación no le afecta mientras siga así.

¿Se ha aplazado la fecha de Verifactu?

Sí. El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, aplazó un año la entrada en vigor. Las fechas anteriores se trasladaron al 1 de enero de 2027 para sociedades y al 1 de julio de 2027 para el resto de obligados tributarios, incluidos los autónomos.

¿Qué ocurre si empiezo a usar Verifactu antes de mi fecha obligatoria?

No pasa nada negativo: la adaptación voluntaria está permitida y es recomendable. Puedes facturar con un programa homologado en cualquier momento antes de tu plazo. Adelantarte te da tiempo de probar el sistema, formar a tu equipo y resolver incompatibilidades sin la presión de la fecha límite.

Cuándo NO tienes que correr con Verifactu

Si tu fecha es julio de 2027 y tu programa de facturación es de un fabricante con soporte activo, no necesitas precipitarte: la adaptación llegará por actualización y bastará con instalarla cuando esté disponible. Tampoco hay urgencia si todavía facturas en papel y no tienes previsto informatizarte a corto plazo. La prisa real solo aparece cuando usas un programa antiguo, sin mantenimiento, o cuando dependes de hojas de cálculo que tendrás que sustituir. En esos casos, mejor planificar ya.

¿Quieres saber en qué fecha está obligada tu empresa?

En DSI te situamos en tu plazo exacto según cómo tributa tu negocio y dejamos tu facturación adaptada con tiempo. Como tu equipo informático de confianza, nos ocupamos de todo: revisión, elección del programa y migración. Llámanos al +34 871 535 934 o escribe a info@dsi-net.com y lo vemos sin compromiso.

Este contenido es orientativo y no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado.

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