Requisitos Técnicos de Verifactu: Qué Debe Cumplir tu Software de Facturación

Requisitos técnicos Verifactu — guía de DSI, España

Verifactu exige que cualquier software de facturación genere un registro inalterable por cada factura emitida, vinculado al anterior mediante hash encadenado, firmado electrónicamente y con un código QR verificable en la sede de la AEAT. Los sistemas deben ser incapaces de borrar o modificar esos registros una vez creados. El Real Decreto 1007/2023 es la norma técnica que lo regula, y entró en vigor para sociedades el 1 de enero de 2026 y para autónomos el 1 de julio de 2026.

Cuando alguien dice que su software «ya cumple con Verifactu», ¿qué significa exactamente eso? Porque no basta con actualizar el programa. El cumplimiento de Verifactu implica una arquitectura técnica concreta: cómo se generan los registros, cómo se encadenan, cómo se firman y qué datos lleva el código QR que aparece en cada factura.

Esta guía desglosa esos requisitos de forma comprensible, sin entrar en código fuente, para que cualquier empresa o autónomo pueda entender qué está pidiendo Hacienda y verificar si su software actual lo cumple.

¿Qué es el registro de facturación de Verifactu y qué datos debe incluir?

El registro de facturación es el núcleo de Verifactu. Cada vez que se emite una factura, el software debe generar un registro con una estructura fija de campos que incluye, como mínimo:

  • Número de factura y serie
  • Fecha de expedición
  • NIF del emisor
  • Importe total y base imponible
  • Tipo de IVA aplicado
  • Identificador único del registro (IDRegistro)
  • Huella o hash del registro anterior (el encadenamiento)
  • Firma electrónica del registro

Esos datos no pueden ser modificados ni eliminados una vez que el registro se ha cerrado. El software debe impedir técnicamente cualquier edición posterior, no solo por política interna, sino por diseño del sistema.

Esto es lo que diferencia un software adaptado de uno antiguo: no solo que tenga un campo más, sino que su arquitectura de base de datos y flujo de trabajo hace imposible la alteración retrospectiva de los registros.

¿Qué es el hash encadenado en Verifactu y por qué garantiza la inalterabilidad?

El hash encadenado es la pieza técnica más importante de Verifactu. Funciona así:

Cuando se emite la primera factura, el sistema genera un resumen criptográfico (hash) de sus datos. Cuando se emite la segunda factura, el hash de la primera se incluye como parte del registro de la segunda. Y así sucesivamente: cada factura lleva consigo el hash de la anterior.

El resultado es una cadena de registros que se verifica a sí misma. Si alguien modifica retroactivamente la factura número 5, el hash de esa factura ya no coincide con el que aparece en la factura número 6, y toda la cadena queda invalidada.

Es el mismo principio que usan las cadenas de bloques (blockchain), aunque mucho más sencillo. La AEAT lo regula en el Real Decreto 1007/2023 y lo define como «huellas digitales de los registros de facturación».

Para que el hash encadenado funcione correctamente, el software debe:

  1. Calcular el hash con el algoritmo especificado (SHA-256 o compatible)
  2. Incluir el hash del registro anterior en el nuevo registro antes de calcular el hash del nuevo
  3. Garantizar que los registros se procesan en orden secuencial, sin posibilidad de insertar facturas retroactivamente con fecha anterior

¿Cómo funciona el envío de registros a la AEAT en modo Verifactu?

Aquí hay un matiz importante que muchas empresas no conocen: Verifactu tiene dos modos de funcionamiento.

Modo de envío voluntario (alta seguridad): El software envía cada registro de facturación a los servidores de la AEAT en tiempo real o de forma periódica. La AEAT genera un código de respuesta (QR) que confirma la recepción. En este modo, la AEAT actúa como testigo de cada factura emitida.

Modo de no envío (conservación local): El software genera los registros con todos los requisitos técnicos (hash, firma, QR) pero no los envía a la AEAT automáticamente. Los registros quedan almacenados en el sistema del emisor y disponibles para presentarlos a la AEAT si los solicita.

Ambos modos son válidos bajo la normativa vigente. El modo de envío voluntario ofrece mayor protección en caso de inspección, porque el registro ya está en los servidores de Hacienda. Muchos proveedores de software de facturación electrónica como los que integramos con nuestro servicio de software de facturación permiten elegir entre ambos modos según las necesidades del cliente.

¿Qué código QR deben llevar las facturas con Verifactu?

Todas las facturas emitidas con un sistema Verifactu deben incluir un código QR en el documento impreso o en el PDF generado. Ese código QR apunta a la sede electrónica de la AEAT y permite a cualquier receptor de la factura verificar que esa factura existe en los registros fiscales y que sus datos coinciden con lo declarado.

El QR debe contener, como mínimo:

  • El NIF del emisor
  • El número de serie y número de factura
  • La fecha de emisión
  • El importe total de la factura
  • Una huella del registro de esa factura

Si recibes una factura de un proveedor y el QR no te lleva a la verificación en la AEAT o los datos no coinciden, eso es ya un indicador de que el sistema emisor puede no estar homologado.

¿Qué requisitos técnicos adicionales exige el Reglamento SIF?

Más allá del hash y el QR, el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) establece otros requisitos que el software debe cumplir:

  • Firma electrónica de los registros: cada registro debe firmarse con un certificado electrónico del emisor o del propio software, garantizando la autenticidad.
  • Conservación íntegra: los registros deben conservarse durante el mismo plazo que la obligación de conservar las facturas (4 años para obligaciones tributarias generales, hasta 10 años en determinados casos).
  • Accesibilidad: el sistema debe permitir la exportación de los registros en formato XML o compatible para presentarlos ante la AEAT si se solicita.
  • Imposibilidad de uso «offline» no autorizado: el sistema no puede generar facturas sin pasar por el flujo de generación de registros Verifactu.

¿Cómo saber si tu software de facturación ya cumple con Verifactu?

Hay tres formas de verificarlo:

  1. Consultar con tu proveedor de software y pedirle que te acredite por escrito que el sistema cumple con el Real Decreto 1007/2023. Si el proveedor no puede emitir esa declaración, la respuesta es que probablemente no cumple.
  1. Revisar las facturas que emite tu sistema: ¿Llevan código QR? ¿Hay un campo de «código de registro» o «identificador de registro»? ¿Se puede consultar ese QR en la sede de la AEAT? Si no hay QR, el sistema no está adaptado.
  1. Consultar el registro de la AEAT: la Agencia Tributaria publicará una lista de sistemas de facturación que han declarado cumplir con los requisitos. Ese registro, cuando esté disponible, será la referencia oficial.

Si después de esta revisión tienes dudas sobre si tu sistema actual es compatible, en DSI ayudamos a empresas a evaluar su situación y a migrar a una solución de facturación electrónica homologada sin interrumpir la operativa del negocio.

Preguntas frecuentes sobre los requisitos técnicos de Verifactu

¿Qué diferencia hay entre un software adaptado a Verifactu y uno que no lo está?

Un software adaptado a Verifactu genera automáticamente un registro inalterable por cada factura, lo encadena con las anteriores mediante hash criptográfico, lo firma electrónicamente y añade un código QR verificable en la AEAT. Un software no adaptado puede emitir facturas perfectamente válidas en su forma, pero sin esa capa de integridad técnica que exige la Ley Antifraude. La diferencia no es visible en la factura en sí, sino en la arquitectura del sistema que la genera.

¿Es obligatorio enviar los registros de facturación a la AEAT en tiempo real?

No. El envío en tiempo real a la AEAT es el modo voluntario de Verifactu. Las empresas pueden optar por conservar los registros localmente sin enviarlos, siempre que el sistema garantice la integridad e inalterabilidad de los datos. La diferencia es que en el modo de envío, la AEAT tiene constancia de cada factura en el momento de su emisión; en el modo de conservación, los registros deben estar disponibles para presentarlos si la Agencia los solicita.

¿Todos los tipos de empresa tienen que cumplir los mismos requisitos técnicos de Verifactu?

Los requisitos técnicos son los mismos para todos los obligados. Lo que varía es la fecha de entrada en vigor: el 1 de enero de 2026 para personas jurídicas (sociedades) y el 1 de julio de 2026 para personas físicas (autónomos). También hay excepciones: los acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información) tienen requisitos distintos porque ya envían sus registros de facturación a la AEAT en tiempo real por otro canal.

¿Puede el software de facturación electrónica estar adaptado a Verifactu y al mismo tiempo servir para emitir facturas B2B en la nueva factura electrónica obligatoria?

Son dos marcos normativos distintos pero complementarios. Verifactu regula los sistemas de facturación (la integridad interna del software). La factura electrónica obligatoria B2B regulará el formato y la transmisión de las facturas entre empresas. La mayoría de los proveedores de software de facturación están desarrollando soluciones que cumplen ambas normativas simultáneamente, dado que la factura electrónica B2B está en proceso de implantación.

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