Verifactu y Facturae son dos sistemas distintos que conviven en la facturación española. Verifactu regula el software que usas para emitir facturas (obliga a que sea trazable y homologado por la AEAT). Facturae es un formato XML de factura electrónica estructurada, obligatorio para facturar a la Administración Pública desde 2015. No son incompatibles: hay empresas que necesitan cumplir los dos a la vez.
La confusión viene de que los dos entraron en el debate público más o menos a la vez y los dos tienen que ver con digitalización fiscal. Pero nacen de leyes distintas, afectan a situaciones distintas y exigen acciones distintas.
¿Qué Es Verifactu y a Quién Afecta?
Verifactu es un sistema de control creado por la Agencia Tributaria a través del Real Decreto 1007/2023 (BOE). No define cómo tiene que ser una factura, sino cómo tiene que funcionar el software que la genera: encadenamiento de registros, huella digital, código QR, imposibilidad de borrar o modificar facturas sin dejar rastro.
Afecta prácticamente a todos los empresarios y profesionales que usan un sistema informático para facturar: B2B, B2C y B2G. No importa a quién facturas —a otra empresa, a un particular o a la Administración—, si usas software de facturación, ese software tendrá que cumplir Verifactu.
Las fechas de obligatoriedad, tras el aplazamiento del RDL 15/2025 de 2 de diciembre de 2025, son:
- 1 de enero de 2027 para sociedades (SL, SA, cooperativas…).
- 1 de julio de 2027 para autónomos y profesionales.
¿Qué Es Facturae y a Quién Afecta?
Facturae es un estándar XML para facturas electrónicas estructuradas, desarrollado por el Ministerio de Hacienda y AEAT. Su uso es obligatorio para facturar a Administraciones Públicas desde enero de 2015, cuando entró en vigor la Ley 25/2013.
Si tu empresa vende o presta servicios a un ayuntamiento, a una comunidad autónoma, a un organismo público o a la Administración General del Estado, tus facturas tienen que ir en formato Facturae con firma electrónica. Sin eso, la Administración no las registra.
Para el resto de facturas —entre empresas o a particulares—, Facturae no es obligatorio, aunque puede usarse voluntariamente.
Las 6 Diferencias Clave entre Verifactu y Facturae
| Dimensión | Verifactu | Facturae |
|---|---|---|
| Qué regula | El software de facturación | El formato del archivo de factura |
| Para qué | Control antifraude, trazabilidad | Intercambio estructurado con la AEAT |
| Ámbito | B2B, B2C, B2G (todos) | Solo facturas a Administración Pública |
| Obligatorio desde | 1 ene 2027 / 1 jul 2027 | Enero 2015 para facturas a AAPP |
| Tecnología clave | Encadenamiento + QR + huella digital | XML + firma electrónica |
| Lo gestiona | Tu software de facturación | Tu software de facturación o ERP |
¿Son Compatibles Verifactu y Facturae?
Sí. De hecho, si tu empresa factura tanto a empresas privadas como a organismos públicos, necesitas ambos. No son excluyentes.
La situación más habitual:
- Empresa que vende solo a otras empresas o a particulares: necesita Verifactu desde 2027, no necesita Facturae.
- Empresa que factura únicamente a la Administración: ya necesita Facturae desde 2015. Necesitará Verifactu desde 2027 si usa software para emitir esas facturas.
- Empresa con clientes mixtos (privados y AAPP): necesita los dos. Su software de facturación debe ser compatible con Verifactu para todas las facturas y generar el formato Facturae para las dirigidas a la Administración.
La clave está en el software que uses. Un buen programa de facturación electrónica para empresas integra ambos requisitos sin que tengas que gestionar dos herramientas distintas. En DSI trabajamos con soluciones homologadas y compatibles con A3 que cubren los dos sistemas desde el mismo entorno.
¿Qué Tiene Que Hacer Tu Empresa Ahora Mismo?
Depende de con quién facturas:
Si facturas a la Administración Pública y todavía no tienes Facturae configurado: estás fuera de la norma desde 2015. Soluciona eso ahora, no en 2027. Muchos organismos ya rechazan facturas en PDF.
Si facturas solo a empresas privadas o particulares: tienes hasta enero de 2027 (si eres SL) o julio de 2027 (si eres autónomo) para adaptar tu software. No hay urgencia extrema, pero cuanto antes empieces a usar un software homologado, más tiempo tendrás para verificar que todo funciona antes de que sea obligatorio.
Si no sabes qué software usas exactamente o si está homologado: habla con quien gestiona tu informática. Desde DSI, empresa de informática para empresas en España, ayudamos a nuestros clientes a hacer ese diagnóstico y a elegir la solución correcta según el tipo de facturación que hacen.
Preguntas frecuentes sobre Verifactu y Facturae
¿Puede una empresa usar Verifactu para emitir facturas a la Administración en lugar de Facturae?
No. Verifactu no sustituye a Facturae para las facturas a la Administración Pública. Son obligaciones independientes: las facturas a organismos públicos deben ir en formato Facturae con firma electrónica. Verifactu afecta al software que genera esas facturas, no a su formato.
¿Qué pasa si mi software de facturación no está homologado para Verifactu en 2027?
Podrías enfrentarte a sanciones de hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal, según la Ley 11/2021. Además, los gastos documentados con facturas emitidas desde software no homologado podrían no ser deducibles.
¿Tengo que enviar mis facturas a Hacienda en tiempo real con Verifactu?
No es obligatorio. El envío en tiempo real es la modalidad voluntaria de Verifactu. Lo que sí es obligatorio es usar software que cumpla los requisitos técnicos del sistema (encadenamiento, QR, inmutabilidad). El envío automático a la AEAT es una opción, no una exigencia.
¿Un autónomo que factura a particulares necesita Facturae?
No. Facturae solo es obligatorio para facturar a Administraciones Públicas. Si eres autónomo y tus clientes son empresas privadas o particulares, no necesitas Facturae. Lo que necesitarás desde julio de 2027 es software de facturación homologado para Verifactu.



